domingo, 9 de septiembre de 2012

Abolicionismo




Abolir la Prostitución

por Alberto B Ilieff




“Desde el abolicionismo, luchamos por un mundo en que ningún ser humano sea prostituido, explotado ni oprimido, donde la libertad sea sinónimo de inexistencia de opresión y explotación.”   
Discurso de Apertura de las  Segundas jornadas nacionales abolicionistas sobre prostitución y tratade  mujeres y niñas/os (san Miguel de Tucumán, 10 y 11 de diciembre de 2010) a cargo de la Campaña Abolicionista de Buenos Aires.

                           
Abolicionismo: Doctrina que propugna la anulación de leyes, preceptos o costumbres que se consideren atentatorios a principios humanos o morales. (Diccionario de la lengua española © 2005 Espasa-Calpe)

Este término que se aplicó principalmente a la corriente que propugnaba la abolición de la esclavitud, posteriormente se extendió  al movimiento que busca la terminación definitiva de la práctica de la prostitución, apoyando a las mujeres a salir de tal situación además de combatir la causas que la provocan, seas estas simbólicas o materiales, entendidas como condiciones socio-económicas en un momento histórico determinado. De este modo establece una conexión significativa entre la esclavitud tradicionalmente entendida y la acción prostituyente que se ve claramente expresada en la trata de personas con fines de explotación sexual, aceptada como la esclavitud del siglo.

El abolicionismo surgió en Inglaterra en l879  por iniciativa de Josephine Butler como un movimiento de cambio social que quita a la prostitución de la esfera privada para llevarla a la pública, considerándola un asunto político. Aparece como reacción contra los sistemas reglamentaristas adoptados por los gobiernos europeos que basados en razones higienistas de salud pública ejercían restricciones que sometían aún más a las mujeres en situación de prostitución.
Butler lidera una campaña contra la ley de Enfermedades Infecto-Contagiosas  inglesa de 1869. En 1875 funda en Liverpool la «Federación británica  y continental a favor de la abolición de la reglamentación oficial de la prostitución», denunciando el proxenetismo y visualizando como responsables de la existencia de la prostitución  a los clientes.
Este movimiento tuvo rápido eco y es así que en 1902 se celebra en París  la 1ª Conferencia Internacional  aprobando el Acuerdo Internacional Para la Represión de la Trata de Blancas que será firmado por trece países.
A partir de ese momento la prostitución y la trata de personas, indisolublemente unidas, son problematizadas y estudiadas, logrando el surgimiento de varios acuerdos internacionales que apuntan hacia  la abolición de las condiciones que posibilitan la prostitución hasta culminar  el 2 de diciembre de 1949  cuando la Asamblea General de Naciones Unidas declara el Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Personas  y de la Explotación de la Prostitución Ajena.
Al ser este Convenio una declaración de derechos humanos, el tema que contiene queda indisolublemente unido a ellos, de modo tal que en adelante la prostitución debe ser considerada dentro de este marco.
Este documento internacional comienza en su Preámbulo con el siguiente párrafo:
“Considerando que la prostitución y el mal que la acompaña, la trata de personas para fines de prostitución, son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana y ponen en peligro el bienestar del individuo, de la familia y de la comunidad”

Una nota que no es posible olvidar es que el abolicionismo desde su comienzo fue un movimiento crítico de la modernidad, cuestionador del sistema imperante, de los privilegios y de la inmovilidad tradicional. Por eso se opone desde su propia filosofía y práctica a las tendencias reglamentaristas o prohibicionistas que son simplemente una variación de lo ya establecido, cambiar algo para que nada cambie. 
El abolicionismo desmorona la naturalización de estas prácticas y las devuelve a su base sociohistórica. De esta manera propugna que ellas son pasibles de modificación y aún de supresión. Desnaturaliza, difunde y busca la desactivación definitiva de todos los factores socio políticos y culturales que implican desigualdad y sometimiento, en especial de la mujer. Estos mecanismos son los responsables de que gran parte de la humanidad se halle en situación de vulnerabilidad y por lo tanto de riesgo.
 Es un dato conocido que las personas en situación de prostitución, en general,  tienen bajo nivel educativo y económico, proceden de familias desestructuradas, un porcentaje muy elevado de ellas ha sufrido abuso sexual, viviendo situaciones de marginalidad social o exclusión, llegando en muchos casos a la drogadependencia. De esta misma situación proceden o llegan las mujeres migrantes  que suelen tener  hijos y otros familiares a cargo en su país de origen, frecuentemente en situación irregular, sin conocimiento de los recursos ni de la cultura del país de acogida, en ocasiones con formación y capacitación profesional pero que les resulta inútil pues no se halla homologada por su misma condición de migrante, mucho más si es ilegal. Con esto no quiero decir que la pobreza sea causa de la prostitución, no existe una relación lineal, porque esta se da en todas las capas sociales, pero sí implica una situación de desigualdad importante que unida a otras se convierten en terreno propicio.

Una institución social fundamental para comprender este fenómeno es la del patriarcado. Este estructura la sociedad de manera jerárquica estableciendo la superioridad del hombre sobre las mujeres, lo que implica un rango de poder. El ordenamiento social, educación, costumbres, premios, castigos, el cuerpo, los vínculos, la religión y cualquier otro vector que se quiera analizar están configurados de manera patriarcal. Esto supone una desventaja inicial, una violencia basal hacia todas aquellas personas nacidas mujer o asimiladas a esta condición (homosexuales, travestis, transexuales). Desde esta perspectiva es “natural” que existan un grupo de personas “públicas” disponibles para la satisfacción sexual de los hombres, tan natural como que estos cuando así lo quisieren puedan pagar para acceder al cuerpo de otro/a.
Este ordenamiento implica, como dijimos, una diferencia de poder, la que se verifica en la menor posibilidad que tienen las mujeres para acceder a la educación, capacitación, a su desarrollo personal integral, lo que desde un comienzo las vulnera y deja en situación de riesgo.
La prostitución es una cuestión de género en la medida en que la mayoría de las personas en prostitución son mujeres.

El abolicionismo entiende que  la prostitución es una consecuencia de estas condiciones, es resultado de prácticas de desigualdad y sometimiento. Desde esta perspectiva la prostitución nunca es una elección (trabajo)  sino  una forma de subordinación social.

Una crítica reiterada al postulado abolicionista es el de “moralismo”. Más allá del afán de desacreditarlo,  es necesario reivindicar que efectivamente se parte de principios morales y éticos basados en los derechos humanos, en postulados filosóficos y en los logros conquistados en las luchas libradas por los movimientos sociales, especialmente los movimientos feministas. De ahí que su reclamo sea para lograr la igualdad, la no discriminación, la restitución de derechos.
La abolición de la prostitución se enmarca dentro de los movimientos que  impulsan la prevalencia  y la concreción de los Derechos Humanos y surge como una exigencia de aplicación de los mismos.
Un principio básico de estos derechos es el de la dignidad, entendido como inherente a las personas, sin importar ningún tipo de  condición. Esto implica que todo ser humano, por el único hecho de serlo, tiene su fin en sí mismo que es irreductible, por lo tanto nunca puede ser tomado como objeto o fin para otra persona o puesto al servicio o para la satisfacción ajena.
La dignidad es un  Derecho Humano básico y como todos los otros, irrenunciable. Esto significa que no existe posibilidad alguna de que una persona pueda consentir o renunciar a su libertad o dignidad.
Esto aparece plasmado en uno de los documentos fundantes del abolicionismo, el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, surgido de Naciones Unidas, del que hablamos en párrafos anteriores.
El abolicionismo busca la desaparición de la prostitución, en cuanto esta es un acto que atenta contra la dignidad humana, por lo tanto violatorio los Derechos Humanos. Atenta contra este principio al colocar a una persona como si fuera un objeto dispuesto para la satisfacción sexual de algún otro, lo que aparece reflejado claramente en el precio. Este acto de convertir a una persona en objeto es denigratorio, discriminante y, por lo tanto, un acto de violencia.

Las acciones abolicionistas apuntan a modificar las condiciones de posibilidad que permiten la emergencia de la prostitución como fenómeno social, nunca individual. Estas condiciones son múltiples haciendo de este un fenómeno complejo. Una de ellas es  el sistema patriarcal, en sí mismo también múltiple y complejo; otra son los condicionantes económicos englobados en el capitalismo, que al impedir el acceso a la educación y capacitación, así como a la salud en su sentido amplio, impiden el desarrollo pleno de las propias capacidades, reduciendo la posibilidad de elección, defensa, inserción social, y promoción, llegando a la exclusión social.

En cuanto a la legalidad el abolicionismo exige la aplicación de políticas públicas restitutivas de derechos, y la erradicación de la desigualdad de género. Considera a toda persona sujeto de Derecho, en oposición a objeto de Derecho.
Desde el punto de vista penal busca la sanción de los proxenetas, rufianes y tratantes, así como el cierre de los prostíbulos bajo cualquier denominación (saunas, whiskerías, clubes, etc.) también la visibilización y responsabilización del prostituidor, mal llamado “cliente”, por ser este parte activa y necesaria en el proceso prostituyente.
Considera que las personas en situación de prostitución deben ser asistidas mediante la aplicación de políticas públicas capaces de restituir y garantizar los derechos que les han sido negados.
De este modo las conductas de las personas en prostitución se consideran emergentes de un marco mayor, de una situación social, por lo que la visión sobre estas personas es protectora, reivindicativa de sus derechos, y rechaza cualquier intento de penalización, sanción, persecución, registro, control médico o de otro tipo de las mismas.
El abolicionismo de la prostitución es una consigna básica de gran parte del feminismo ya que considera que esta institución forma parte del sistema patriarcal de subordinación de la mujer. Hace una clara diferenciación entre la mujer en situación de prostitución, con la que es netamente solidario, y la prostitución como fenómeno social a la que critica radicalmente.  Para este feminismo que propugna un efectivo cambio social, la prostitución es el resultado más claro y  efectivo  de lo que ha llamado desigualdad de género.

Desde esta perspectiva basada en el principio de la dignidad, no existen, y sería ilógico sostener otra postura, distintos tipos de prostitución. Las corrientes reglamentaristas establecen dos modalidades, la forzada que estaría dada por la trata de personas y la libre o voluntaria que sería aquella ejercida por propia voluntad de las personas. Estas corrientes, de neto corte individualista,  ven a la prostitución que llaman “voluntaria” como una cuestión personal, que hace a la libre decisión de las personas implicadas y no como lo que es, una cuestión social. Por el contrario, la prostitución no es un tema individual, que depende de la postura personal de alguien determinado, sino que es una problemática social que atraviesa todas las capas conformando el sistema prostituyente. La prostitución como sistema y como institución social destina un grupo de mujeres, niñas y niños para ser convertidas en objetos fragmentados disponibles para el uso y satisfacción de quienes puedan pagarlo. Y como dije, al ser un acto de violencia que objetiva a la persona, se constituye en una conducta que daña la dignidad humana y que por lo tanto viola los Derechos Humanos, por lo que nunca puede ser considerada un hecho individual, dependiente de la propia decisión, por lo que, entonces, no cabe distinguir ningún tipo o modalidad de prostitución. Como consecuencia de este razonamiento, el abolicionismo considera que la persona en prostitución es víctima.

Suecia que ha sido señera en su elaboración y concreción del abolicionismo, considera a la prostitución como una violencia ejercida sobre las mujeres, por ello la persona en situación de prostitución es tratada como una víctima mientras que los prostituidores son perseguidos penalmente. La prostitución es considerada como un aspecto de la violencia masculina contra mujeres, niñas y niños. En 1999 en Suecia se aprobó una ley que penaliza la compra de servicios sexuales y no penaliza la venta de dichos servicios. Esta ley fue aprobada por el 80% de la población.  Vale destacar que esto no ha sucedido sin una clara intervención gubernamental pues se han invertido muchos recursos en campañas de información destinadas a la población, a la capacitación de funcionarios especialmente policía y justicia, y en capacitación y ayuda a las personas en prostitución.

Desde una visión centrada en los derechos humanos y en los principios democráticos, la satisfacción sexual mediante pago es éticamente inadmisible porque implica cosificación de la persona humana, subordinación y abuso, basados en la menor posibilidad de desarrollo personal. En este caso no importa que quien paga por su propia satisfacción sea de igual clase social o hasta que tenga menor capacidad económica que la persona en prostitución. Eso no invalida el hecho del pago a cambio del uso.
Desde estos principios éticos la desigualdad no puede ser aceptada ni tolerada, la democracia seguirá siendo un anhelo lejano mientras gran parte de la población tengan sus derechos vulnerados y su capacidad de desarrollo notoriamente disminuida. Del mismo modo no es posible aceptar que haya dos tipos de mujeres, las que pueden elegir como manejar su libertad y quienes se hallan en una posición subordinada explícita.

El abolicionismo se opone tanto al prohibicionismo como al reglamentarismo:
-         Al prohibicionismo porque persigue y reprime tanto a quienes explotan la prostitución ajena como a las personas en situación de prostitución, igualando la responsabilidad entre todos los involucrados, sin cuestionar las relaciones de poder propias del sistema prostituyente. Recordemos que para el abolicionismo la persona en situación de prostitución no debe ser penada porque es víctima de una situación dada en la que esta actividad es una forma de sobrevivencia.
-         Al reglamentarismo porque legaliza los prostíbulos y la explotación de la prostitución de otras personas, convirtiendo a los proxenetas y rufianes así como a los tratantes en “industriales” honestos. Al decir que la prostitución es un “trabajo” como cualquier otro la está promoviendo, ofreciendo como posibilidad a los/las jóvenes. Convalida socialmente, estabiliza y reafirma la naturalización de una situación de desigualdad.
-         También porque hace girar toda la actividad en torno a la mujer y la somete a condiciones denigratorias tales como la inscripción obligatoria en un registro especial, les impone exámenes médicos periódicos, especialmente ginecológicos, para garantizar la salud de los “clientes” (prostituidores); las persigue si ejercen la actividad en la vía pública así como  a aquellas que no se hallen registradas.

Concluyendo, el abolicionismo propone examinar las condiciones de posibilidad que dan como resultado el fenómeno de la prostitución, sean estas del orden estructural de las condiciones económicas como simbólicas y actuar decididamente hacia su abolición, incluso aplicando la ley penal y políticas públicas que eximan de responsabilidad penal y moral a la mujer y le provean recursos para su inserción y promoción social.
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“Defendemos el abolicionismo como una postura, fundamentalmente, de profunda solidaridad con las mujeres prostituidas y expresamos nuestra crítica radical a la prostitución como fenómeno social de subordinación femenina.”