Regulacionismo en Uruguay. ¿Por qué no funciona?
Simone Dice
19 April, 2019
Muchas veces se nos acusa de
demonizar el regulacionismo, tantas otras explicamos por qué lo hacemos y es
allí donde radica el problema. El regulacionismo es en absoluto ajeno a
nosotras, un acto inocente o un demonio de orden mayor. La realidad es aún
peor, millones de personas defienden la prostitución como un mero trabajo,
guardándose lo innegable: todas y cada una de las mujeres (y niñas, niños,
trans) que se encuentran sometidas en el sistema prostituyente son
sistemáticamente violadas, violentadas en múltiples formas, desde consumo
forzoso de drogas hasta violencia física o psicológica e incluso cuando no (la
minoría de los casos) estas mujeres no se salvan de los abusos sexuales.
El regulacionismo habla de
prostitución separado de trata y como libre elección porque acepta que nuestro
consentimiento es tan poco valioso, que puede ser comprado, ignorando la
realidad de que las mujeres en situación de prostitución tienen un presente y
futuro común y un pasado que tiende a asemejarse. La no problematización de la
regularización es ignorar que todos y cada uno de los Estados regulacionistas
lucran de esto y es por eso que lo defienden. Es ignorar que cada uno de los
partidos que queremos defender, al menos en nuestro país (Uruguay), están
compuestos por hombres vinculados a redes de trata, consumo de prostitución y
pedofilia. Creer que están de nuestro lado o aceptar que mujeres sean violentadas
sexualmente es inadmisible y no debería estar bajo el nombre de feminismo.
Pese a ser partidaria que
oponernos a una idea y centrar nuestra atención en esta es en cierto punto
subordinarnos a ella, también considero que es necesario cuando obstaculiza la
lucha y es una forma de no recaer en lo que rechazamos. Este artículo se
componerá por dos ejes: 1) El regulacionismo en Uruguay, hechos y realidades.
2) Por qué es inaceptable más allá de su ineficacia.
El regulacionismo en Uruguay, hechos y realidades.
La ley de regulación de la
prostitución es aprobada en nuestro país a mediados del año 2002 bajo el
gobierno de Jorge Batlle, mientras el país se encontraba en crisis. Los lazos
entre proxenetismo y gobierno son complejos de explicar mas Jeffreys lo hace
exitosamente en La Industria de la Vagina, por lo que meramente me reduciré a
marcar que las redes de trata mantienen vínculos con el gobierno, más bien con
cada uno de los gobiernos que acaban siendo en cierto punto uno, al rededor del
mundo. Las redes pagan un porcentaje de su ganancia a políticos, entonces,
¿cómo pretender enunciar mujeres en situación de prostitución y redes de trata
como asuntos separados?. ¿Acaso es coincidencia que hoy en día partidos
políticos y el pit-cnt se embanderen y promuevan el trabajo sexual en una
prominente crisis que además coincide con la llegada de UPM? ¿Será cierto que a
estos grupos de poder que manejan intereses particulares genuinamente le
interesan las mujeres?
En Uruguay, con una ley que
existe hace casi 17 años, tan solo 87 mujeres de las 12.300 registradas en el
Ministerio del Interior aportan al BPS, es decir, el 99,3 % de mujeres
registradas (que no son todas las que se encuentran en situación de
prostitución) no están en caja. Por otro lado el proxenetismo es penalizado
mientras que se permite la existencia de una “Asociación de Empresas del Sexo”,
compuesta por 11 prostíbulos.
Los ingresos en nuestro país son
dispares en este ámbito y es por esto que esta industria triunfa, sabe
adaptarse a distintas realidades y necesidades, mientras promete ser una puerta
de salida a muchas cosas. A aquellas mujeres en extrema pobreza ganancias de
7.000 UYU mensuales es muchas veces el único ingreso al que pueden acceder
mientras que mujeres de clase alta, muchas veces recibidas, son seducidas por
las ganancias que pueden llegar a obtener (200.000 UYU). No debemos ignorar que
la mayoría de estas mujeres sufrieron en su infancia abusos sexuales, violencia
doméstica, o incluso fueron inducidas a la prostitución siendo menores de edad,
según el estudio desarrollado por Pablo Guerra un 31% apróx empiezan siendo
menores de edad, según datos manejados por la Red Abolicionista del Uruguay, un
42% empieza siendo menor de 12 años.
Se estima que unas 1.400 mujeres
se encuentran en situación de prostitución sin estar registradas y que en
Montevideo hay más de 500 locales no habilitados donde mujeres son
prostituidas.
En cuanto a la ley 8.080, sobre
el Delito del Proxenetismo (aprobada en 1927), se establece que:
*art. 1° y 2° con modificaciones
hechas en la ley 16.707, 1995.
ARTICULO 1º.- Toda persona de uno
u otro sexo, que explote la prostitución de otra contribuyendo a ello en
cualquier forma con ánimo de lucro, aunque haya mediado el consentimiento de la
víctima, será castigada con dos a ocho años de penitenciaría. En caso de
reincidencia las agravantes se aplicarán sobre el máximo de pena legal. El que,
con ánimo de lucro, indujere o determinare a otro al ejercicio de la
prostitución, en el país o en el extranjero, será castigado con tres a doce
meses de prisión.
ARTICULO 2º.- La pena mínima será
de cuatro años de penitenciaría si la víctima fuere menor de dieciocho años o
el delincuente fuere funcionario policial o el hecho se produjere mediante
engaño, violencia, amenaza de un mal grave, abuso de autoridad u otro medio de
intimidación o coacción, como también si el actor fuera ascendiente, marido,
hermano, tutor o encargado de la guarda de la víctima o hiciera vida marital
con ella.
ARTÍCULO 3º.- Cuando la Policía
tuviese conocimiento de la prostitución de menores que estén bajo la guarda de
otra persona, deberá dar conocimiento del hecho a ésta, por escrito en que se
le haga saber que está obligada a impedir la continuación de aquél o a
comunicarlo al Fiscal de Menores para que adopte las medidas del caso. La
omisión en el cumplimiento de esta obligación, por el guardador, será penada
con dos a cuatro años de penitenciaría.
ARTÍCULO 16°- No es aplicable a
estos delitos el artículo 18 del Código Penal.
La ley en realidad se compone por
21 artículos pero decidí incluir los que personalmente considero de mayor
relevancia en cuanto definen el proxenetismo para el Estado uruguayo y fijan su
penalización. En lo personal y más allá de la clara negligencia que hay al
ejecutar esta ley aprobada originalmente en 1927 (debido a las vínculos entre
gobierno y proxenetismo), esta ley en sí deja mucho que desear. Para comenzar,
la pena máxima siendo de 8 años (asegurada completamente en casos de
reincidencia). Muchas de nosotras conoceremos casos de niñas sometidas a la
prostitución; supongamos que hay una niña de 7 años cuyo primo la prostituye,
una vecina denuncia, se logra comprobar el caso, con buenos abogados se gana el
juicio y se consigue la pena máxima. ¿A los 15 años la pequeña debe
reencontrarse con su proxeneta? ¿Es posible una rehabilitación? ¿Es posible una
rehabilitación en cárceles uruguayas en 8 años, cuando manejan un 60% de
reincidencia?
Segundo caso, una jóven mayor de
edad es inducida a la prostitución por su novio. “Es empoderante dale”; “Nos
vendría bien la plata, dale”; “Muchas mujeres lo hacen, dale”. Ella le pasa un
porcentaje de esa ganancia a su novio, él se encuentra involucrado hasta cierto
punto pero no es la definición de fiolo. Según el art.1 y gracias a su
modificación este varón podría ser condenado. ¿Cuál es su pena? ¿3 meses hacen
justicia por la realidad a la que fue sometida, hacen justicia por el estrés
post-traumático? ¿Existe la justicia? Sin indagar claramente en lo violenta que
la relación sería de por sí.
Por otro lado, pese a ser
necesaria la regulación de la actuación policial en estos casos parece casi una
ironía la penitencia propuesta en el artículo 3° ya que las fuerzas policiales
se encuentran casi o tal vez tan involucradas en el delito de proxenetismo como
políticos. ¿A qué mecanismos debemos apostar si la institución que debería
tomar nuestras denuncias comparte mesa con quienes denunciamos, si es que no
son los mismos a los que denunciamos?
Finalmente, para hacer mención
del art.16, se establece que el art 18 del Código Penal no aplica a la hora de
juzgar este delito porque el proxenetismo no se lleva a cabo de manera
accidental, inconsciente o por desconocimineto.
Brevemente paso a hacer mención
de la realidad de las personas trans y la prostitución. Tan solo un 10% de las
personas trans son varones trans y afortunadamente, según el útlimo censo,
ninguno de ellos se encontraba en situación de prostitución. Por el contrario,
la realidad de las mujeres trans es la siguiente: el 70% se encontró o
encuentra en el sistema prostituyente. Su corta esperanza de vida en gran parte
se debe a esto.
Hay una realidad firme y común
para las mujeres en situación de prostitución, sean abolicionistas o
regulacionistas, digan que son trabajadoras sexuales o explotadas sexualmente,
todas sienten que nadie las protege.
No haré mención en este momento
de la cruda realidad que atraviesan las mujeres en situación de trata, ya que
se prolongaría este texto, sin embargo recomiendo la búsqueda de testimonios
escritos u orales, principalmente entrevistas o documentales en Youtube,
Por qué es inaceptable más allá de su ineficacia
Ya explicamos brevemente por qué
el regulacionismo no funciona, específicamente en Uruguay, mas puede ser
aplicado a casi cualquier país del mundo, sin embargo, ¿y qué del modelo
holandés?, ¿No puede existir una lucha cuyo fin sea una regulación real? Para
esto debemos considerar lo que se propone en esencia: regular la prostitución
bajo la idea que la compra de un servicio sexual no es la compra del cuerpo y
que las mujeres pueden y deben ser empoderadas al practicar el trabajo sexual.
De todos modos, muchas mujeres defensoras de esta idea fueron metidas en este
oscuro sistema desde su infancia y es la única realidad que conocen.
En un estudio realizado en 2008 a
más de 800 mujeres de 9 países distintos, en situación de prostitución
(burdeles y calle) por un equipo de investigadoras (Melissa Farley, research
gate), el 89% quería dejar la prostitución; el 63% había sufrido abusos
sexuales en la infancia; el 68% padecía de estrés post-traumático equiparable a
veteranos de guerra; el 75% era o había sido sintecho, el 71% habían sido
agredidas ejerciendo prostitución, el 63% reconocían haber sido violadas
ejerciendo prostitución. El 78% de las mujeres que se acercaron al Consejo para
Alternativas de Prostitución informaron haber sido violadas por proxenetas un
promedio de 16 veces anuales y por puteros 33 veces anuales (1991). Ayme Román
subió esta semana 4 videos sobre el tema a Youtube que considero recomendables.
La sexualidad de las mujeres
sometidas a prostitución no se vuelve libre por la regulación ni el sexo es en
esencia empoderante. Foucault habla del cuerpo como territorio de control y
disciplinamiento y distingue entre cuerpo máquina (aquel dócil, disciplinado,
atravesado por las construcciones culturales o una mera construcción cultural)
del cuerpo especie (los impulsos naturales del cuerpo, más reales o “innatos”).
Plantea que en el acto sexual es donde ambos cuerpos colisionan, se involucran
y por esto es tan importante y lo ha sido a lo largo de la historia ejercer
mecanismos de control en cuanto a la sexualidad y el relacionamiento sexual. Es
la forma más pura de control.
Si apuntamos a la liberación de
la mujer debe ser inadmisible el control o subordinación de ella en todo
ámbito, incluyendo, y por sobre todo, el sexual. Los abusos sexuales nos
enajenan de nosotras mismas, nos marcan y se quedan con nosotras de muchas
maneras. Una vez hemos admitido los abusos sexuales como intolerables,
¿militaremos por la normalización de las violaciones sistemáticas por una
transacción de dinero?
Es por esto que no creo en el
regulacionismo en absoluto y menos cuando este es defendido bajo la idea de
libre elección. Ninguna mujer es libre bajo este sistema y todas nos
encontramos atravesadas por conductas que priorizan a los varones sobre
nosotras. En el momento del acto sexual y más cuando en este se encuentra
involucrado capital el placer estará centrado en el varón y las mujeres
quedaremos vulneradas en muchos sentidos. El abolicionismo no es el pedido de
una ley que penalice el consumo de la prostitución y de amparo a las mujeres
que se encuentran en esta situación. Por la complejidad del sistema es una
lucha constante por la liberación de la esclavitud sexual a la que son
sometidas millones de mujeres.
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