Los principios de la bioética y los vientres de alquiler
22/11/2020
AUTORA Vanesa Rodriguez Vilas
Cuando hablamos de vientres de
alquiler es habitual escuchar que son una técnica de reproducción asistida o un
tratamiento para la infertilidad. Las feministas tenemos claro y hemos
argumentado que no lo es, pero me gustaría añadir por qué para las ciencias de
la salud tampoco. Básicamente, porque existen unos principios éticos que hacen
que los vientres de alquiler no puedan ser considerados un tratamiento. Uy,
¿unos principios de qué? A continuación, intentaré hacer un brevísimo resumen
del origen de la bioética y de estos principios (estáis a tiempo de hacer unas
palomitas para acompañarme).
La bioética nace en el siglo XX
para dar respuesta a los conflictos que surgían entre el avance de la
biotecnología y los principios morales. Supone un debate entre la medicina, la
filosofía y la ética para responder si todo lo técnicamente posible es
éticamente aceptable. Aunque la bioética no es exclusiva de la medicina, en
occidente nace y se desarrolla en el ámbito de las ciencias de la salud, muy
ligada al ámbito de la medicina, la enfermería, la farmacia, la biología…
En 1974 se crea la Comisión
Nacional para la Protección de los Sujetos Humanos de Investigación Biomédica
del Comportamiento para identificar cuáles eran los principios éticos que
deberían cumplirse en la investigación con seres humanos. En 1978, los
comisionados publican el «Informe Belmont», en el que distinguen tres
principios éticos: respeto por las personas, beneficencia y justicia. En 1979,
Tom L. Beauchamp y James F. Childress publican su famoso libro Principios de
ética biomédica, donde reformulan estos principios para ser aplicados a la
ética asistencial.
En la actualidad, la bioética
está presente en instituciones de salud mediante los comités de ética
asistencial (sí, probablemente en ese hospital al que vas a hacerte una
revisión anual hay uno) y los comités de ética de la investigación. El comité
de ética asistencial es un órgano consultivo e interdisciplinar al servicio de
los profesionales y usuarios de los centros sanitarios para la prevención o
resolución de los conflictos éticos que pudieran generarse en el proceso de
atención sanitaria. El comité ético de la investigación, tal como indica el
Instituto de Salud Carlos III, “tiene como misión garantizar el respeto a la
dignidad, integridad e identidad del ser humano en lo que se refiere a la
investigación con humanos, con muestras biológicas o con datos de origen
humano, así como promover un comportamiento ético en la investigación.”
Vaya, ¿hay una ética asistencial?
Curioso que con la cantidad de profesionales de la salud que trabajan en este
negocio, nadie haya mencionado estos principios, ¿verdad? Si todavía te quedan
palomitas y has llegado hasta aquí me gustaría que continuaras leyendo un poco
más.
Vamos a hipotetizar y a considerar
que los vientres de alquiler son un tratamiento médico para la infertilidad,
tal como defienden los surropapis y el lobby proxeneta reproductivo. A
continuación hablaré del principio de la no maleficencia, de autonomía y de
justicia desde el punto de vista de la mujer gestante. Creo que sería incluso
más interesante ahondar en estos principios desde el punto de vista de las
criaturas, pero lo dejaré para otras pensadoras.
El principio de no maleficencia
cuya formulación clásica era primum non nocere, ha sido traducida como «en
primer lugar, no hacer daño». Según este principio de la bioética, un
profesional sanitario nunca debe causar más daño del que ya tenga el paciente;
lo primero antes de mejorar una situación, es no generar un daño mayor. Algo muy
simple que en la práctica médica diaria se traduce en sopesar riesgos vs
beneficios y que conlleva que una actuación no deberá realizarse si los riesgos
no superan los beneficios. Ejemplo: si la pastilla del colesterol va a causarte
más daño que beneficio, recetártela y recomendártela sería una mala praxis
médica. En el caso de los vientres de alquiler, estamos sometiendo a una mujer
sana a un tratamiento que no necesita para su propia salud (¿Qué riesgos vs
beneficios hemos sopesado aquí?). Dividimos los beneficios de ser “padre/madre”
y los riesgos del embarazo y parto en dos personas. Si a mí me duele la cabeza,
el tratamiento me lo debo tomar yo, ya que soy la que tiene el problema. Lo
mismo si no puedo llevar un embarazo a término. Imaginaos que yo tenga una
hernia lumbar y la solución médica sea que se opere a una mujer sana de la
India, ¿qué locura verdad?, pues es lo que se está haciendo con los vientres de
alquiler. Asumimos que no tener hijos o hijas es una enfermedad, y la cura es
poner en peligro la salud de una mujer y quitarle su criatura. ¿En serio? ¿Qué
profesional de la medicina pone en peligro la salud de una mujer sana por los
deseos de otras personas? Me imagino dos supuestos: el que se ha perdido las
clases de bioética en la facultad o el que se está sacando una buena suma de
dinero a costa de enfermar a mujeres sanas, y me decanto más por el segundo.
El principio de la autonomía es
el derecho de los sujetos a decidir sobre su salud. La concreción más evidente
de este principio es el consentimiento informado, ya sea verbal o escrito,
necesario antes de cualquier intervención. En el caso de los vientres de
alquiler, a las mujeres no se les da un consentimiento informado, se les da un
contrato. Una de las características de la autonomía es que tiene que ser
actualizada en la medida de lo posible. Por ejemplo, cualquier persona que haya
hecho un preoperatorio y firmado un consentimiento puede negarse a la cirugía
en la puerta de un quirófano sin ser sancionada por ello (ya que han firmado un
consentimiento no un contrato, ojo). En el caso de los vientres de alquiler a
las mujeres se les obliga a firmar un contrato que las priva de toda libertad y
autonomía sobre su cuerpo. No hay opción a negarse ni a decidir sobre su propia
salud, estas mujeres han firmado un contrato y su incumplimiento conlleva
posibles represalias judiciales y sanciones económicas. Van a ser los
compradores los que decidirán dónde vive, qué vacunas se pone, qué pruebas se
hace, qué come, si se puede teñir el pelo, si puede tener relaciones sexuales,
qué fármacos tomará y cómo, cuándo y dónde será el parto. La supuesta libertad
se invoca para la firma del contrato, pero acto seguido queda anulada.
Para que exista autonomía, la
persona tiene que conocer los riesgos vs beneficios de una práctica; en el caso
de los vientres de alquiler, a las mujeres se les informa de los riesgos de un
embarazo “normal”. En ningún momento se les informa de los riesgos que supone
para su salud la hormonación extra a la que serán sometidas durante todo el
proceso de embarazo y parto, como tampoco se les informa de los riesgos
psicológicos derivados de vivir un embarazo disociado ni del acto “voluntario”
de entrega de a su bebé a los que han pagado para su existencia.
El principio de justicia supone la
equidad en la distribución de cargas y beneficios. Por lo tanto, ¿a que no
sería ético investigar un fármaco con personas de África para luego
comercializarlo en Europa? De la misma forma que no sería ético probar un
fármaco en niños huérfanos que no van a beneficiarse de los resultados. Las
ciencias de la salud necesitan trabajar continuamente con estos principios para
que no se repitan errores del pasado. En el caso de los vientres de alquiler,
las cargas las sufren mujeres desfavorecidas en situaciones de necesidad y
siempre en desigualdad con los contratantes.
El lobby del alquiler de vientres
y mercado de bebés junto con toda la industria tecnorreproductiva está
presionando a la OMS (Organización Mundial de la Salud) para que considere que
cualquier motivo que nos impida reproducirnos sea considerado una enfermedad.
Como ejemplo, tenemos al señoro David Adamson, experto en fertilidad y miembro
de la OMS, que dice: “La definición de infertilidad está ahora escrita de modo
que incluye los derechos de todos los individuos para tener una familia,
incluyendo a hombres solteros, mujeres solteras, hombre gay y mujer gay. Traza
una línea para dejar claro que un individuo tiene el derecho de reproducirse
tenga o no un compañero sexual. Es un cambio enorme”.
Veamos los pasos: primero,
consideramos una enfermedad el no poder tener hijos/as (ya sea por soltería,
pareja del mismo sexo, etc), segundo, decimos que tenemos derecho a
reproducirnos y, tercero, consideramos los vientres de alquiler una técnica de
reproducción asistida. De esta forma podemos deshumanizar el embarazo y el
parto diciendo que son una técnica, convirtiéndolo además en la cura para una
supuesta enfermedad que se han inventado e intentarán que la OMS reconozca como
tal. Ya veis que con dinero y poder hasta la explotación reproductiva y el
tráfico de criaturas se puede edulcorar en pleno siglo XXI. Pero que no se
olviden de las mujeres, de la fuerza que tenemos, de que no nos creemos el
cuento, y de que vamos a luchar por nosotras, por nuestras hermanas y por las
criaturas convertidas en moneda de cambio. Y no, señoros, nuestra lucha no es
altruista, porque a cambio queremos un mundo sin explotación reproductiva ni
tráfico de criaturas.
Fuente
https://tribunafeminista.elplural.com/2020/11/los-principios-de-la-bioetica-y-los-vientres-de-alquiler
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