lunes, 31 de mayo de 2021

Los principios de la bioética y los vientres de alquiler

Los principios de la bioética y los vientres de alquiler

22/11/2020

AUTORA  Vanesa Rodriguez Vilas

 

Cuando hablamos de vientres de alquiler es habitual escuchar que son una técnica de reproducción asistida o un tratamiento para la infertilidad. Las feministas tenemos claro y hemos argumentado que no lo es, pero me gustaría añadir por qué para las ciencias de la salud tampoco. Básicamente, porque existen unos principios éticos que hacen que los vientres de alquiler no puedan ser considerados un tratamiento. Uy, ¿unos principios de qué? A continuación, intentaré hacer un brevísimo resumen del origen de la bioética y de estos principios (estáis a tiempo de hacer unas palomitas para acompañarme).

 

La bioética nace en el siglo XX para dar respuesta a los conflictos que surgían entre el avance de la biotecnología y los principios morales. Supone un debate entre la medicina, la filosofía y la ética para responder si todo lo técnicamente posible es éticamente aceptable. Aunque la bioética no es exclusiva de la medicina, en occidente nace y se desarrolla en el ámbito de las ciencias de la salud, muy ligada al ámbito de la medicina, la enfermería, la farmacia, la biología…

 

En 1974 se crea la Comisión Nacional para la Protección de los Sujetos Humanos de Investigación Biomédica del Comportamiento para identificar cuáles eran los principios éticos que deberían cumplirse en la investigación con seres humanos. En 1978, los comisionados publican el «Informe Belmont», en el que distinguen tres principios éticos: respeto por las personas, beneficencia y justicia. En 1979, Tom L. Beauchamp y James F. Childress publican su famoso libro Principios de ética biomédica, donde reformulan estos principios para ser aplicados a la ética asistencial.

 

En la actualidad, la bioética está presente en instituciones de salud mediante los comités de ética asistencial (sí, probablemente en ese hospital al que vas a hacerte una revisión anual hay uno) y los comités de ética de la investigación. El comité de ética asistencial es un órgano consultivo e interdisciplinar al servicio de los profesionales y usuarios de los centros sanitarios para la prevención o resolución de los conflictos éticos que pudieran generarse en el proceso de atención sanitaria. El comité ético de la investigación, tal como indica el Instituto de Salud Carlos III, “tiene como misión garantizar el respeto a la dignidad, integridad e identidad del ser humano en lo que se refiere a la investigación con humanos, con muestras biológicas o con datos de origen humano, así como promover un comportamiento ético en la investigación.”

 

Vaya, ¿hay una ética asistencial? Curioso que con la cantidad de profesionales de la salud que trabajan en este negocio, nadie haya mencionado estos principios, ¿verdad? Si todavía te quedan palomitas y has llegado hasta aquí me gustaría que continuaras leyendo un poco más.

 

Vamos a hipotetizar y a considerar que los vientres de alquiler son un tratamiento médico para la infertilidad, tal como defienden los surropapis y el lobby proxeneta reproductivo. A continuación hablaré del principio de la no maleficencia, de autonomía y de justicia desde el punto de vista de la mujer gestante. Creo que sería incluso más interesante ahondar en estos principios desde el punto de vista de las criaturas, pero lo dejaré para otras pensadoras.

 

El principio de no maleficencia cuya formulación clásica era primum non nocere, ha sido traducida como «en primer lugar, no hacer daño». Según este principio de la bioética, un profesional sanitario nunca debe causar más daño del que ya tenga el paciente; lo primero antes de mejorar una situación, es no generar un daño mayor. Algo muy simple que en la práctica médica diaria se traduce en sopesar riesgos vs beneficios y que conlleva que una actuación no deberá realizarse si los riesgos no superan los beneficios. Ejemplo: si la pastilla del colesterol va a causarte más daño que beneficio, recetártela y recomendártela sería una mala praxis médica. En el caso de los vientres de alquiler, estamos sometiendo a una mujer sana a un tratamiento que no necesita para su propia salud (¿Qué riesgos vs beneficios hemos sopesado aquí?). Dividimos los beneficios de ser “padre/madre” y los riesgos del embarazo y parto en dos personas. Si a mí me duele la cabeza, el tratamiento me lo debo tomar yo, ya que soy la que tiene el problema. Lo mismo si no puedo llevar un embarazo a término. Imaginaos que yo tenga una hernia lumbar y la solución médica sea que se opere a una mujer sana de la India, ¿qué locura verdad?, pues es lo que se está haciendo con los vientres de alquiler. Asumimos que no tener hijos o hijas es una enfermedad, y la cura es poner en peligro la salud de una mujer y quitarle su criatura. ¿En serio? ¿Qué profesional de la medicina pone en peligro la salud de una mujer sana por los deseos de otras personas? Me imagino dos supuestos: el que se ha perdido las clases de bioética en la facultad o el que se está sacando una buena suma de dinero a costa de enfermar a mujeres sanas, y me decanto más por el segundo.

 

El principio de la autonomía es el derecho de los sujetos a decidir sobre su salud. La concreción más evidente de este principio es el consentimiento informado, ya sea verbal o escrito, necesario antes de cualquier intervención. En el caso de los vientres de alquiler, a las mujeres no se les da un consentimiento informado, se les da un contrato. Una de las características de la autonomía es que tiene que ser actualizada en la medida de lo posible. Por ejemplo, cualquier persona que haya hecho un preoperatorio y firmado un consentimiento puede negarse a la cirugía en la puerta de un quirófano sin ser sancionada por ello (ya que han firmado un consentimiento no un contrato, ojo). En el caso de los vientres de alquiler a las mujeres se les obliga a firmar un contrato que las priva de toda libertad y autonomía sobre su cuerpo. No hay opción a negarse ni a decidir sobre su propia salud, estas mujeres han firmado un contrato y su incumplimiento conlleva posibles represalias judiciales y sanciones económicas. Van a ser los compradores los que decidirán dónde vive, qué vacunas se pone, qué pruebas se hace, qué come, si se puede teñir el pelo, si puede tener relaciones sexuales, qué fármacos tomará y cómo, cuándo y dónde será el parto. La supuesta libertad se invoca para la firma del contrato, pero acto seguido queda anulada.

 


Para que exista autonomía, la persona tiene que conocer los riesgos vs beneficios de una práctica; en el caso de los vientres de alquiler, a las mujeres se les informa de los riesgos de un embarazo “normal”. En ningún momento se les informa de los riesgos que supone para su salud la hormonación extra a la que serán sometidas durante todo el proceso de embarazo y parto, como tampoco se les informa de los riesgos psicológicos derivados de vivir un embarazo disociado ni del acto “voluntario” de entrega de a su bebé a los que han pagado para su existencia.

 

El principio de justicia supone la equidad en la distribución de cargas y beneficios. Por lo tanto, ¿a que no sería ético investigar un fármaco con personas de África para luego comercializarlo en Europa? De la misma forma que no sería ético probar un fármaco en niños huérfanos que no van a beneficiarse de los resultados. Las ciencias de la salud necesitan trabajar continuamente con estos principios para que no se repitan errores del pasado. En el caso de los vientres de alquiler, las cargas las sufren mujeres desfavorecidas en situaciones de necesidad y siempre en desigualdad con los contratantes.

 

El lobby del alquiler de vientres y mercado de bebés junto con toda la industria tecnorreproductiva está presionando a la OMS (Organización Mundial de la Salud) para que considere que cualquier motivo que nos impida reproducirnos sea considerado una enfermedad. Como ejemplo, tenemos al señoro David Adamson, experto en fertilidad y miembro de la OMS, que dice: “La definición de infertilidad está ahora escrita de modo que incluye los derechos de todos los individuos para tener una familia, incluyendo a hombres solteros, mujeres solteras, hombre gay y mujer gay. Traza una línea para dejar claro que un individuo tiene el derecho de reproducirse tenga o no un compañero sexual. Es un cambio enorme”.

 

Veamos los pasos: primero, consideramos una enfermedad el no poder tener hijos/as (ya sea por soltería, pareja del mismo sexo, etc), segundo, decimos que tenemos derecho a reproducirnos y, tercero, consideramos los vientres de alquiler una técnica de reproducción asistida. De esta forma podemos deshumanizar el embarazo y el parto diciendo que son una técnica, convirtiéndolo además en la cura para una supuesta enfermedad que se han inventado e intentarán que la OMS reconozca como tal. Ya veis que con dinero y poder hasta la explotación reproductiva y el tráfico de criaturas se puede edulcorar en pleno siglo XXI. Pero que no se olviden de las mujeres, de la fuerza que tenemos, de que no nos creemos el cuento, y de que vamos a luchar por nosotras, por nuestras hermanas y por las criaturas convertidas en moneda de cambio. Y no, señoros, nuestra lucha no es altruista, porque a cambio queremos un mundo sin explotación reproductiva ni tráfico de criaturas.

Fuente

https://tribunafeminista.elplural.com/2020/11/los-principios-de-la-bioetica-y-los-vientres-de-alquiler




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