domingo, 11 de noviembre de 2012

Suecia. Prostitucion y tráfico de mujeres




F O L L E T O I N F O R M AT I V O
Ministerio de Industria, Empleo y Comunicaciones
(Suecia)

Prostitucion y tráfico de mujeres

En Suecia, la prostitución está considerada como un aspecto de la violencia ejercida por el hombre contra mujeres y menores. Está reconocida oficialmente como una forma de explotación de mujeres y menores y constituye un problema social significante, que no sólo daña a la mujer o menor que es prostituida sino también a la sociedad.

Desde hace mucho tiempo el Gobierno Sueco tiene como prioridad el combatir la prostitución y el tráfico de personas con objeto de su explotación sexual. Este objetivo es la meta que se ha fijado Suecia para conseguir la igualdad entre mujeres y hombres, tanto en el ámbito nacional como internacional. No obstante, la igualdad de género no se conseguirá jamás mientras los hombres, compren, vendan y exploten a mujeres y niños prostituyéndolos.

Bandera de Suecia
La prostitución es una forma de violencia del hombre contra la mujer

En la legislación sobre la violación de la integridad de la mujer (Kvinnofridslagstiftningen), El Gobierno sueco y el Riksdag (Parlamento) definen la prostitución como una demostración de violencia por parte del hombre contra la mujer y menores. Desde el 1 de enero de 1999, la compra - o intento de compra - de servicios sexuales, constituye un delito que puede tener una condena de multas o cárcel de hasta seis meses. Las mujeres o menores que son víctimas de prostitución o tráfico no sufren repercusiones legales. Las personas prostituidas son consideradas más frágiles, explotadas tanto por sus proxenetas como por los que compran el servicio sexual. Es importante motivar a las personas prostituidas para que salgan de ese estado sin que ello implique el riesgo de sufrir consecuencias penales.

Adoptando estas medidas, Suecia ha querido transmitir al mundo un mensaje: que considera la prostitución una forma grave de oprimir a las mujeres y que es necesario hacer grandes esfuerzos para combatirlo.

Según La Ley de prohibición de compra de servicios sexuales (1998:408), la persona que obtiene relaciones sexuales a cambio de dinero será condenada a pagar una multa o a una pena de prisión por un período máximo de seis meses (a no ser que el caso deba ser castigado según lo contemplado en el Código Penal sueco). El intento de compra de servicios sexuales será castigado según el Capítulo 23 del Código Penal.

Desde que la Ley entró en vigor, se ha producido un descenso drástico en la prostitución de mujeres en la calle, según información facilitada por la Policía y los Servicios Sociales. También gracias a esta Ley el número de hombres que compran servicios sexuales ha disminuido, al igual que el reclutamiento de mujeres para ejercer la prostitución.

La legislación goza de un apoyo público cada vez mayor. Las encuestas realizadas por el Instituto Oficial de Encuestas Sociales (SIFO) hechas en junio de 1999, y luego dos años más tarde, demuestran un aumento significante - del 76 al 81% - de las personas que están a favor de la Ley. La proporción de los encuestados que opinaba que la Ley debía ser retirada disminuyó del 15 al 14%, mientras el porcentaje de los que no sabían se redujo hasta casi la mitad. Una tercera encuesta hecha en octubre de 2002 confirma que el apoyo a la Ley que prohíbe la compra de servicios sexuales se mantiene alto; 8 de cada 10 suecos están a favor de esta legislación.

Proxenetismo

Según el Capítulo 6, § 8 del Código Penal sueco, cualquier persona que promueva o anime, o de manera impropia, con fines comerciales, favorezca las relaciones sexuales de otras personas a cambio de dinero, comete un delito y debe ser condenado por proxenetismo a un máximo de 4 años de prisión. Si existen circunstancias agravantes, la condena será de un mínimo de 2 y un máximo de 6 años de cárcel. Intentar ejercer proxenetismo a gran escala así como prepararlo y conspirar para cometerlo, también está penalizado, igual que el no revelar el hecho caso de conocerlo.

El hecho de promover las relaciones sexuales contempla diversos aspectos; dirigir un burdel, alquiler de locales destinados a la prostitución o ayudar a un individuo a encontrar a una persona que se prostituya.

Antes del 1 de julio de 2002, los casos de trafico de seres humanos con fines sexuales fueron juzgados según las estipulaciones sobre proxenetismo, o, dependiendo del caso individual, según la legislación sobre secuestro, privación ilegal de libertad, coerción o explotación sexual.

¿Porqué existe la prostitución?

Como otras formas de violencia contra la mujer cometidas por el hombre, la prostitución es un fenómeno específico de género; la abrumadora mayoría de víctimas son mujeres y niñas, mientras los que perpetran tales hechos son habitualmente hombres.
La prostitución y tráfico de mujeres supone la existencia de una demanda de mujeres y menores, sobre todo niñas. Si los hombres no considerasen como un derecho evidente la compra y explotación sexual de mujeres y menores, la prostitución y el tráfico no existirían. Los traficantes de seres humanos y proxenetas se aprovechan de la subordinación económica, social y legal de mujeres y menores. Es prueba de ello la mayor presencia en la industria global de la prostitución, de mujeres que sobre lo expuesto sufren opresiones adicionales, tales como las derivadas del racismo. Sin embargo en los países donde el progreso ha significado una mejoría del estatus de la mujer y de las condiciones en que viven, es decir en sociedades donde tienen garantizados derechos políticos básicos, acceso a trabajos, educación y un nivel de vida aceptable, las mujeres y niñas tienen más alternativas y por tanto son mucho menos vulnerables.

La pobreza, educación inadecuada, falta de vivienda, adicción a drogas así como la discriminación sexual y racial son temas que aparecen constantemente en las historias personales de mujeres y niñas que están siendo o han sido prostituidas. Es más, estudios internacionales demuestran que entre el 65% y el 90% de mujeres prostituidas de niñas, fueron victimas de abusos sexuales por parte de familiares o conocidos de sexo masculino. Muchos menores, sobre todo niñas, del mundo de la prostitución, han sido vendidos para ejercerla a una edad temprana por hombres que abusan de ellos. Según estudios recientes, la edad media para entrar en la prostitución está en los 14 años.

Escudo de Suecia
¿Quién es el comprador?

Debido a que es tradicionalmente asumido que los hombres compran y explotan sexualmente a mujeres y niñas, pues actúan desde una necesidad masculina ‘natural’, nunca se han estudiado ni cuestionado los motivos verdaderos. Al contrario, estos estudios se han centrado sobre las mujeres y niñas prostituidas, pese a que el hecho de la prostitución se sostiene fundamentalmente por el deseo sexual y comportamiento de los hombres.

Entonces, ¿quiénes son los hombres que consideran tener el derecho a comprar mujeres y niñas y someterlas a todo tipo de actos sexuales dolorosos y violentos?

Según los estudios más recientes realizados por el Instituto Nacional de Salud Pública de Suecia (Folkhälsoinstitutet 1998:1), uno de cada ocho hombres en Suecia ha comprado servicios sexuales al menos una vez en su vida. La selección se hizo entre individuos representativos de todas las edades y de todas las clases sociales. La mayoría de ellos eran casados o convivían en pareja y tenían hijos. Es probable que se trate de un individuo bien vestido, bien remunerado, padre de familia, de clase media y en viaje de negocios.

Personas que tienen dinero, estabilidad, educación y poder; en contraste total con las mujeres y menores que utilizan.

Un estudio realizado en Estocolmo en el 2002 demuestra que por lo menos el 10% de los jóvenes entre 16 y 25 años ha pagado por obtener servicios sexuales alguna vez.

Los efectos de la prostitución

El cine, los anuncios, la moda, la literatura y los medios retratan generalmente a mujeres y niñas como objetos, lo que comporta insensiblemente una falsa imagen de la prostitución. La extrema violencia a que son sometidas regularmente las mujeres y niñas por sus compradores, proxenetas y traficantes se convierte en algo asumido. En cualquier otro contexto, estos hechos serían considerados abuso sexual o violación. Aparte de la extrema humillación y degradación a que son sometidas, las mujeres y menores, sobre todo niñas obligadas a la prostitución, también sufren amenazas, abusos, violaciones, palizas, torturas, embarazos no deseados, infertilidad y daños permanentes del esqueleto y las zonas genital y anal.

Otro constante peligro que corren es el riesgo de contraer infecciones y enfermedades sexuales transmitidas por los proxenetas y compradores, entre las que hay que incluir el VIH y el SIDA. Esto no solo causa graves daños en las mujeres y niñas sino que también constituyen terribles violaciones de su integridad, dignidad y derechos como seres humanos.
El hecho de que estos actos sean realizados a cambio de dinero no mitiga o disminuye de manera alguna el inmenso daño físico y mental infligido a sus cuerpos y mentes. Los efectos físicos y psicológicos de las experiencias de estas mujeres y niñas pueden crear cicatrices que duran toda la vida.

Estudios internacionales demuestran que las mujeres que ejercen la prostitución sufren los mismos traumas emocionales que los veteranos de guerra y víctimas de tortura. Pueden padecer los mismos síntomas: ‘flashbacks’, fuerte ansiedad, depresión, insomnio y estrés. Los suicidios e intentos de suicidio son frecuentes. Un estudio canadiense demuestra que las mujeres que están sometidas a la prostitución corren un riesgo 40 veces más grande de ser asesinadas que el resto de la población femenina.

Tráfico de mujeres y menores

El tráfico internacional de mujeres y menores es un problema que aumenta cada vez más en todo el mundo.

El comercio tiene varios objetivos. Aparte de la prostitución y otras formas de explotación sexual, las víctimas de los traficantes, según el Protocolo para Prevenir Disminuir y Castigar el Tráfico de Personas, especialmente Mujeres y Menores, Suplemento de la Convención de la ONU contra el Crimen Organizado Transnaciona – pueden ser sujetos a ”trabajos forzados u otros servicios, esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, serv idumbre o extirpación de órganos.”

Cualquiera que sea el objetivo, el tráfico de seres humanos siempre significa que alguna o algunas personas transportan a otras, a través de continentes, países, regiones o ciudades con la finalidad de explotarlas o aprovecharse de ellas o de sus servicios.
La ONU estima que hasta 4 millones de mujeres y menores son víctimas del tráfico cada año, la mayoría son explotadas con fines sexuales. Según la Organización Internacional de Migración (IOM) al menos 500.000 mujeres son vendidas anualmente a los mercados de prostitución europeos. El número exacto es difícil de determinar; investigadores internacionales hablan de cifras desconocidas pero altas y de un dramático incremento en los últimos años.

Los individuos, grupos y redes que realizan este tráfico de seres humanos lo hacen con el fin de explotar a sus víctimas. Suelen estar muy bien organizados, son como empresarios criminales sin escrúpulos que ganan un dinero inmenso con la explotación de mujeres y menores. El dinero generado por la industria de la prostitución global va directamente a los bolsillos de los proxenetas, traficantes de seres humanos y regentes de burdeles y también pueden beneficiarse indirectamente, por ejemplo, líneas aéreas, hoteles, restaurantes, taxistas y compañías de publicidad.

El tráfico internacional de seres humanos no podría florecer sin la existencia de un mercado de prostitución local, donde existan hombres dispuestos a comprar y vender mujeres y menores para su explotación sexual. Los traficantes mandan mujeres y niños de países en el sur a países en el norte, del este al oeste – o dondequiera que la demanda exista.

Runa de Aspa. Siglo XI
El tráfico en Suecia

Según el Departamento Nacional de Investigación Criminal, cada año llegan a Suecia entre 200 y 500 mujeres víctimas del tráfico. La mayor parte proviene de los países bálticos, Europa Este y Rusia. Los traficantes reclutan mujeres habitualmente con falsas ofertas de trabajo, como las de camareras, chicas ”aupair” o bailarinas. Cuando las niñas o mujeres llegan al país de destino, los proxenetas suelen retirarles sus pasaportes y documentación. 

Habitualmente son violadas o sexualmente maltratadas por los traficantes en una suerte de ”iniciación” y posteriormente prostituidas en burdeles y clubes de alterne donde son o permanecen aisladas del resto de la comunidad. Están vigiladas por los proxenetas que suelen quedarse con la mayor parte de sus ganancias y ejercen un control sobre ellas prácticamente total, dado que se encuentran en un país extranjero, incapaces de hablar el idioma y sin permiso de residencia. Los traficantes y proxenetas llevan también las mujeres a las ciudades fronterizas de Suecia, pueblos o lugares de acampada, donde los residentes las compran y explotan sexualmente antes de devolverlas a sus países de origen.

Legislación contra el tráfico de seres humanos

El primer de julio de 2002 entró en vigor en Suecia la legislación que responsabiliza criminalmente el tráfico de seres humanos con propósito sexual. El primero de julio de 2004 se efectuaron los cambios legislativos oportunos en Suecia para implementar el protocolo de la ONU para la prevención, supresión y penalización del tráfico de personas, especialmente mujeres y niños, que suplementan la Convención de la ONU contra el crimen transnacional organizado y la decisión del Consejo de Ministros europeos para combatir el tráfico de seres humanos (2002/629/RIF), extendiendo el carácter criminal a todas las formas de tráfico de personas, incluido el tráfico dentro de las fronteras nacionales, y con el propósito por ejemplo, de trabajo forzado o la explotación y comercio de órganos humanos.

La legislación incluye la responsabilidad criminal por tráfico de seres humanos a cualquiera que por el uso de medios coercitivos o engañosos, ilegales, por la explotación de personas vulnerables o por cualquier otro medio similar, impropio, reclute, transporte, aloje, reciba o tome acciones similares contra una persona y consecuentemente controle a esta persona en su futura actuación, para:
1) someterla a ofensas de carácter sexual, relaciones sexuales no permanentes o bien otras formas de explotación con propósitos sexuales
2) someterla a servicio activo, trabajos forzados o cualquier otra condición forzada similar
3) la extracción forzada de órganos propios
4) cualquier otra explotación que sea perjudicial para esta persona
La responsabilidad criminal por el tráfico de seres humanos se extiende también a cualquier otro sujeto que, con estos propósitos, ejerza un control sobre otra persona o ceda dicho control a un tercero que cometa los actos mencionados en la primera sección, contra personas que no hayan cumplido los 18 años de edad, aunque no hayan sido objeto de otra actuación impropia.

La persona encontrada culpable por el crimen de tráfico de seres humanos será sentenciada a prisión por un tiempo mínimo de 2 años y un máximo de 10. Los intentos, la preparación y disposición de traficar con  seres humanos o el no informar de tales crímenes, es también motivo de condena.

Permiso de residencia temporal para las víctimas del tráfico de humanos

Se endurecieron algunas de las penas en el acta de extranjeria que entraron en vigor a partir del 1 de octubre de 2004. Un cambio importante es una nueva disposición que posibilita a un juez instructor a solicitar un permiso de residencia temporal para querellantes extranjeros y testigos, entre otras víctimas de tráfico humano, en aquellas ocasiones que se consideren necesarios para la realización de las investigaciones preliminares del caso o el juicio oral del mismo.

La nueva disposición significa que aquellas personas pueden quedarse legalmente en Suecia con el fin de testimoniar o aportar otras pruebas al personal que instruyen el caso en cuestión.

El hecho de que alguien que está instruyendo un caso solicite una prórroga para una persona, no impide que esta persona pueda solicitar un permiso de residencia en Suecia basándose en otros fundamentos.

Durante el tiempo que estas personas se encuentren aquí, tendrán el mismo derecho a asistencia sanitaria y atención médica que contempla la Ley de Servicios Sociales para residentes en Suecia.

Petrófilo de Tanum 

Programa nacional de Actuación   

El Gobierno sueco ha comenzado a trabajar en un Programa nacional de Actuación para continuar combatiendo todo típo de tráfico de seres humanos. El Programa nacional de 

Actuación consistirá en dos partes:

1. El Plan nacional de Actuación para combatir la prostitución y tráfico de seres humanos con el objetivo de explotación sexual, especialmente en lo que a mujeres y niños se refiere
2. El Plan nacional de Actuación para combatir el tráfico de seres humanos se realizará con el objetivo de evitar la explotación en el trabajo, en el tráfico de órganos y en otras formas de explotación

El Plan nacional de Actuación para combatir la prostitución y tráfico de seres humano con el objetivo de explotación sexual, especialmente en lo que a mujeres y niños se refiere introducirá nuevas medidas en varios campos y además se revisarán las medidas existentes en Suecia, contra la prostitución y el tráfico de personas, especialmente de mujeres y menores. Se trata de prevenir la prostitución y tráfico de personas, tomar medidas para proteger y asistir a las víctimas de prostitución así como revisar las penas y mejorar la actuación del sistema judicial, policial y social.

Además se introducirán medidas especiales con el fin de prevenir y luchar contra la demanda que fomenta todo tipo de abuso sexual de personas, sobre todo de mujeres y menores. Teniendo en cuenta que el tráfico de personas a menudo es un delito transnacional, que implica tanto a los países de origen, como los de tránsito y destino final, el trabajo continuará en colaboración con otros países.

Colaboración contra la prostitución y el tráfico de mujeres en la región Barents

Por iniciativa de Suecia se ha iniciado un proyecto de cooperación para combatir la prostitución y el tráfico de seres humanos entre Suecia, Noruega, Finlandia y la Federación Rusa. Su objeto es combatir el tráfico de mujeres y niñas que tiene por finalidad su prostitución, desde los Distritos administrativos de Murmansk y Archangelsk oblast, a la parte norte de Suecia, Finlandia y Noruega. Con este proyecto se tomarán medidas
para combatir la demanda de mujeres y niñas de la región con el propósito de su prostitución; también se tomarán medidas alternativas para evitar esta posible prostitución.

El propósito es mejorar la competencia y la cooperación entre las autoridades gubernamentales, organizaciones no gubernamentales y otras asociaciones en el trabajo contra el tráfico de mujeres en la región. La cooperación con las poblaciones naturales de la región es de la mayor importancia. Campaña de los países Nórdicos y Bálticos contra el tráfico de mujeres de 2002

En el año 2002 se llevaron a cabo hasta ocho campañas contra el tráfico de mujeres en los países nórdicos y bálticos.

La Campaña nacional se centró sobre las diferentes medidas encaminadas hacia los compradores potenciales de mujeres prostituidas y menores, especialmente niñas, en Suecia así como hacía aquellos hombres que se desplazan a otros países con el propósito especifico de comprar y explotar mujeres prostituidas y menores.


Se puede pedir más ejemplares de este folleto (artículo núm. N4034) al Ministerio de Industria, Empleo y Comunicaciones, Depto. de Igualdad de Género, tel. +46 8 405 1000.
Para más información: http://www.regeringen.se/sb/d/2664
Se pueden dirigir preguntas adicionales a:
kvinnohandel@industry.ministry.se
o llamar a las asistentes del proyecto Monica Blomström,
tel. +46 8 405 4693 o Selina Eriksson, tel. +46 8 405 4055
Preguntas sobre el contenido de este folleto deben dirigirse a la
Sra. Gunilla Ekberg, Asesora especial, tel. +46 8 405 5386
Ministerio de Industria, Empleo y Comunicaciones
S-103 33 Stockholm • +46 8 405 10 00
Impreso por XBS Grafisk service, Estocolmo, septiembre 2004. Producido por Ministerio de Industria, Empleo y Comunicaciones, Depto. Igualdad de Género. Artículo núm. N4034